Administradores mancomunados: Qué son, ventajas e inconvenientes

¿Sabíais que existen diferentes géneros de administradores para las sociedades? Puesto que sí, así es. En el artículo vamos a explicar cuáles son estos 3 conjuntos, mas nos vamos a centrar sobre todo en uno en concreto: Los administradores mancomunados.

Pues esta clase se semeja mucho a los administradores solidarios, vamos a explicar cuál es la primordial diferencia entre los dos y cuáles son sus ventajas y desventajas. Si os resulta interesante el tema, no vaciléis en continuar leyendo, seguro que resolveremos vuestras dudas.

¿Qué son los administradores mancomunados?


Los administradores mancomunados no pueden actuar solos

Conforme la Ley de Sociedades de Capital, una sociedad debe contar con administradores, claro está. Existen diferentes tipos:

  • Administrador único: Es una sola persona que se hace cargo de todas y cada una de las funciones que debe desempeñar en este puesto, como las tareas de administración. Solo va a poder representar oficialmente a la sociedad en cuestión en frente de terceros. Acostumbra a ser el caso en sociedades pequeñas.
  • Consejo de administración: Se trata de un órgano agremiado formado por múltiples personas. Para llegar a pactos, se deben efectuar votaciones. En general, este consejo tiene la capacidad de delegar ciertas funciones en una comisión ejecutiva o en consejeros encargados.
  • Administradores mancomunados o administradores solidarios: Son múltiples personas que, conjuntamente, desempeñan la tarea de administradores. Los dos conjuntos se distinguen en un aspecto esencial, el que vamos a comentar más adelante.

De estos 3 conjuntos, el que nos resulta de interés es el último: Los administradores mancomunados. En un caso así, a fin de que puedan desempeñar las funciones que corresponden al cargo, estas personas deben actuar de manera conjunta. Conforme los estatutos de la sociedad, en el caso de una Sociedad Limitada con 3 o más administradores mancomunados, así que actúen dos de ellos acostumbra a bastar. Sin embargo, esta regla no se aplica en las Sociedades Anónimas.

¿Esto qué implica? Puesto que bien, en el momento de tratar ciertas cuestiones, como por servirnos de un ejemplo contratar algo o a alguien representando a la sociedad, representarla o firmar documentos relacionados con ella, se requiere la presencia de todos y cada uno de los administradores. Conforme los estatutos sociales, la presencia de dos de ellos puede ser suficiente. Es decir: Un solo administrador mancomunado no va a poder efectuar actos relacionados con la sociedad de forma válida.

Ventajas e inconvenientes

Como todo en la vida, los administradores mancomunados tienen ciertas ventajas mas asimismo desventajas. Es obligatorio que este género de administradores estén anotados en el Registro Mercantil. Además de esto, para quedar vinculados a la sociedad, se requiere la firma de todos los administradores mancomunados que pertenecen a ella. Esta clase de organización resulta muy provechos en lo que se refiere al control de la operatividad de la compañía o sociedad.

No obstante, hay una desventaja no poco esencial. Puede darse el caso en el que exista una disparidad de criterios y creencias irreconciliable entre los distintos administradores mancomunados. Si es así, posiblemente la administración de la sociedad quede totalmente paralizada.

Administrados mancomunados y solidarios: Diferencias


Los administradores mancomunados son menos diligentes que los solidarios

Ya sabemos que son los administradores mancomunados, mas ¿y los solidarios? ¿En qué se distinguen? Veamos, estos dos tipos tienen en común que son múltiples personas las que están al cargo de la administración de la sociedad. No obstante, los administradores solidarios tienen una enorme ventaja en frente de los mancomunados: Uno solo de ellos puede desempeñar cualquier función propia del cargo. En otras palabras: Un solo administrados solidario tiene plena autoridad para efectuar actos relacionados con la sociedad sin otro administrador más.

Por ende, la primordial diferencia entre los dos géneros de administradores es su poder de actuación. Al paso que los solidarios no precisan la concurrencia del resto para poder desempeñar las funciones que corresponden al cargo, los administradores mancomunados sí que deben presentarse todos a la vez para esto.

Los dos casos tienen una ventaja y una desventaja. En el caso de los administradores solidarios, sí que es verdad que se consigue mucha más agilidad en lo que se refiere a la operativa de la sociedad. Esto es debido a que una sola persona puede efectuar cualquier administración sin aguardar a el resto o depender de ellos.

Por otra parte, los administradores mancomunados no son capaces de igualar el nivel agilidad de los solidarios, mas tienen un control considerablemente mayor en lo concerniente a la toma de resoluciones. Como deben estar todos presentes, es obligatorio que haya un acuerdo entre las personas que son parte de este conjunto de la sociedad. Los administradores solidarios podrían actuar más bien por libre, sin tener en consideración las creencias del resto administradores.

Espero que toda esta información os haya ayudado a comprender qué son los administradores mancomunados y en qué se distinguen del resto. Recordad que todos tienen sus ventajas y desventajas. En ciertos negocios puede marchar mejor el procedimiento mancomunado, en otros el solidario, y en otros el consejo de administración. Sea como fuere, ahora sabéis cuáles son las clases de administradores que hay y en qué consisten.