Probablemente vais a haber visto más de una vez algún negocio en traspaso. Puede ser una idea seductora el hecho de adquirir un comercio que ya está marchando. ¿Mas qué implica verdaderamente? Muchos son los aspectos que debemos tomar en consideración, siendo uno de ellos los derechos de traspaso.
Para asistiros a aclarar estos conceptos, vamos a explicar en qué consiste el traspaso de un negocio y cuáles son los trámites implicados. Además de esto, vamos a hablar más en detalle sobre los derechos traspaso, fundamentales si el local es arrendado. Si os resulta interesante el tema, no vaciléis en proseguir leyendo.
¿De qué forma es el traspaso de un negocio?
Ya antes de charlar sobre los derechos de traspaso, comentaremos primero en qué consiste el traspaso de un negocio. Se trata esencialmente de un contrato a través de el que se ceden recursos tangibles (moblajes, productos, etc.) y asimismo recursos intangibles (clientes del servicio, marca, etc.). Son múltiples los motivos por los que una persona puede decidir traspasar su negocio, siendo los más habituales la jubilación, alguna enfermedad o falta de tiempo, entre otros muchos. Claro está, la persona que desea adquirir el negocio debe abonar el traspaso. El coste se determina en el respectivo contrato.
Trámites
Como probablemente ya imaginaréis, hacer un traspaso de un negocio no es tan fácil como semeja. Hay una serie de documentos y trámites que debemos efectuar ya antes de acabar el proceso. Veamos cuáles son:
- Contrato de cesión: Contiene los activos que se cederán y todo cuanto se halla en el local y que resulte preciso para el negocio en cuestión. Asimismo va a quedar estipulado en el contrato el costo, en el que se incluirán además de esto la cartera de clientes del servicio, la infraestructura, el stock, etc. Y si fuera preciso, asimismo se incluiría en este paso la licencia.
- Cesión de contrato de arrendamiento: Conforme decreta la Ley 29/1994 de Alquileres Urbanos en el Artículo treinta y dos, el inquilino tiene permiso para subarrendar el local o cederlo sin el permiso del arrendador. No obstante, debe avisarlo con cuando menos treinta días de antelación, ya que el dueño del local sí que puede acrecentar el alquiler hasta un veinte por ciento , si así lo quiere.
- Licencia de apertura: Se logra en el municipio del ayuntamiento para hacer el cambio de titularidad. Acostumbran a solicitar una serie de documentos, siendo los más usuales estos: DNI con copia, la identificación de la licencia precedente y, para sociedades, los poderes de la persona que firma la petición y la escritura de la constitución.
- Alta de empresa o de autónomos: Ya solo nos queda darnos da alta como autónomos o empresa. Tras un traspaso, podemos seleccionar diferentes modalidades, siendo estas las más habituales: Sociedad Civil, Sociedad Limitada (SL), Estimación Objetiva y Estimación Directa Normal o Estimación Directa Simplificada. Acá os explicamos los pasos a proseguir para darnos de alta como autónomos.
Todo esto puede ser un jaleo de mucho cuidado. Por esta razón es enormemente aconsejable ir a un consultor especializado a fin de que gestione todos estos trámites. Además de esto, se ocupará de informarnos sobre nuestras obligaciones tributarias. Así evitaremos que nos sancionen por alguna administración mal llevada.
¿Qué son los derechos de traspaso?
Ahora que ya comprendemos un tanto mejor en qué consiste el traspaso de un negocio, veamos qué son precisamente los llamados derechos de traspaso. Puesto que bien, se trata esencialmente del importe que debe abonar una persona, ya sea jurídica o física, para adquirir el local en cuestión. Este local debe ser un negocio, esto es, un sitio donde se desarrolla cualquier género de actividad económica. Además de esto, debe estar arrendado a fin de que se pueda subrogar como inquilino.
En otras palabras: Los derechos de traspaso, que han de ser pagados, implican una cesión tanto de las obligaciones como de los derechos del inquilino a una tercera persona. Esta ocupa el sitio del inquilino. De este forma, el tercero pasa a ser la parte inquilina del ya existente contrato de alquiler original, al que era en un inicio extraño. Así se subroga su situación, la de inquilino.
Peculiaridades de los derechos de traspaso
Los derechos de traspaso deben cumplir ciertas pautas. Por este motivo podríamos decir que las peculiaridades primordiales de los derechos de traspaso son las siguientes:
- La persona que adquiere el local debe abonar sí o sí una contraprestación o un costo cierto.
- Tras efectuar el traspaso del local se sostiene el contrato de alquiler precedente con exactamente los mismos términos, no se puede mudar.
- Los derechos de traspaso han de estar pactados en el contrato de alquiler. Si no es así, el inquilino tiene la obligación de conseguir el permiso del arrendador si desea traspasar el local.
- Solo existen los derechos de traspaso para locales, donde se estén desarrollando actividades económicas. No se puede aplicar a bienes raíces empleados como residencia.
- Es imperativo que se anote el traspaso en escritura pública.
- Asimismo es obligatorio avisar fidedignamente al arrendador de que se va a hacer el traspaso.
- No se pueden traspasar existencias, solo el local.
Ejemplo
Para comprender un tanto mejor de qué forma marchan los derechos de traspaso, vamos un poner un pequeño ejemplo. Eva es la dueña de un local y para sacarle algo de beneficio se lo arrienda a Paco, quien decir abrir ahí una cafetería y efectuar así una actividad comercial. Por tanto, Paco es el inquilino y Eva la arrendadora.
Transcurrido un tiempo, Paco decide que no desea seguir llevando la cafetería y desea traspasar el local. Entonces aparece Alex, que no es ni el inquilino ni el dueño del local. Sin embargo, le resulta interesante el negocio y le agradaría quedarse con el local. Para esto, Alex debería subrogarse como inquilino. Dicho de otra manera: Ocuparía el sitio de Paco en el contrato de alquiler inicial, sosteniendo todos y cada uno de los términos implicados.
Espero que con este caso hayan quedado claros los derechos de traspaso. Esencialmente se cambia el inquilino, sin tocar el contrato original. Esto puede ser algo provechoso en ciertos casos, mas recordad que es de máxima importancia leer bien los contratos, sean cuales sean, fijándonos sobre todo en la letra pequeña.